La reciente implementación del Real Decreto sobre Legionella ha generado preocupación en diversos sectores, sobre todo, aquellos que dependen de sistemas de refrigeración como torres o los condensadores evaporativos. La normativa tiene implicaciones para las empresas que operan con este tipo de equipos.
¿Qué implica este nuevo Real Decreto para las torres de refrigeración?
El motivo de que las torres de refrigeración también estén reguladas se debe a que la Legionella es una bacteria que también puede puede proliferar en sistemas de agua artificiales. Por eso, debe acogerse a la normativa vigente, que incluye los siguientes puntos:
1. Aumento de análisis de Legionella.
Aumenta la frecuencia de los análisis de Legionella, pasando de una periodicidad trimestral a una mensual. Esto permitirá detectar con mayor rapidez la posible presencia de Legionella y tomar las medidas para evitar su proliferación.
Por otro lado, se reduce el número de análisis de aerobios, pasando de mensual a trimestral. También se amplía el límite del recuento de aerobios (de 10.000 ufc/ml a 100.000 ufc/ml).
Además de medir diariamente el biocida, como novedad, se debe realizar la medición diaria de temperatura, pH (si la eficacia del biocida está relacionado con el pH) y semanalmente la turbidez.
A partir de 2025, todos los análisis de Legionella se deben realizar en laboratorios acreditados.
2. Implantación de un Plan de Prevención y Control de Legionella (PPCL)
El R.D obliga a todas las torres de refrigeración y condensadores evaporativos a tener un Plan de Prevención y Control de Legionella (PPCL). El plan debe ser elaborado por un técnico con formación y experiencia, y debe incluir diagnóstico de situación, medidas de control y vigilancia a aplicar y procedimientos de limpieza y desinfección. El PPCL debe ser revisado y actualizado anualmente.
3. Requisitos estructurales
Los materiales de las instalaciones y equipos deberán evitar en la medida de lo posible la formación de incrustaciones, el crecimiento microbiano y la formación de biocapa. Los materiales deberán resistir la acción agresiva del agua y de los desinfectantes químicos.
Productos químicos: Los productos dedicados al tratamiento del agua (desinfectantes, inhibidores…) utilizadas en la instalación deberán estar protegidos de la radiación solar, de las inclemencias atmosféricas y de posibles derrames.
Ubicación: según lo indicado en el RITE, las torres de refrigeración se deben colocar para reducir el riesgo de exposición de las personas a los aerosoles. Siempre que sea posible, los equipos deben estar ubicados lejos de las personas, de ventanas, de tomas de aire acondicionado o de ventilación.
Accesibilidad: Las torres de refrigeración y sus componentes deberán ser accesibles para poder realizar de forma correcta las diferentes revisiones, limpiezas y desinfecciones, toma de muestras e inspecciones.
Puntos de muestreo. Las torres deberán contar con puntos accesibles para realizar la toma de muestras de los análisis fisicoquímicos y microbiológicos y el nivel de desinfectante.
Sistema de purgas. Tiene que haber suficientes puntos de vacío para poder vaciar completamente la instalación. Existe la posibilidad de purgar mediante un temporizador, rotámeto o ajuste manual del caudal instantáneo de purga previa justificación.
Separador de gotas. Estos sistemas deberán de disponer de separadores de gotas de alta eficiencia cuyo caudal de agua arrastrado será menor del 0,002 por ciento del caudal de agua circulante. Cada separador debe disponer de su certificado de eficiencia.
Sistemas de dosificación. Si la desinfección de la instalación se realiza mediante biocidas, deberán disponer de sistemas automáticos de dosificación que garantice en todo momento que la instalación se mantenga desinfectada frente a Legionella.
Sistemas de filtración. En aquellas instalaciones que no puedan mantener los valores de turbidez inferiores a 15 unf, deberán disponer de sistemas de filtración en el circuito de agua.
Por último, les informamos que sigue siendo obligatoria la notificación de las torres de refrigeración a la autoridad competente.
5. Mayor responsabilidad para los propietarios y responsables.
Los propietarios y responsables deben asegurarse de que su instalación cumple con todos los requisitos del Real Decreto 487/2022 y que se implementen las medidas de control y vigilancia necesarias para evitar la proliferación de Legionella.
¿Qué medidas deben tomar los propietarios de torres de refrigeración?
- Adaptar tu instalación a los nuevos requisitos del Real Decreto 487/2022.
- Contar con la participación de un Responsable Técnico para la elaboración e implementación de un PPCL.
- Asegurar el cumplimiento de las medidas de control y vigilancia establecidas en el PPCL.
En definitiva, el Real Decreto 487/2022 supone un paso importante en la prevención y control de la Legionella, especialmente en entornos donde pueden proliferar, como las torres de refrigeración y condensadores evaporativos.
Si bien implica nuevos requisitos y responsabilidades para las empresas afectadas, también ofrece la oportunidad de mejorar la seguridad y proteger la salud de los trabajadores y la comunidad en general.
Al cumplir con las disposiciones de la normativa y adoptar medidas proactivas de control, las empresas pueden garantizar un ambiente de trabajo más seguro y saludable para todos. En Rentokil tenemos 25 años de experiencia en prevención de Legionella y contamos con un centro de excelencia propio.
Si necesitas más información sobre algún punto del decreto, ¡no dudes en contactar con nosotros!
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