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Las cocinas son espacios en los que se manipulan y preparan productos de alimentación, por lo que la higiene y la seguridad son fundamentales.
En Rentokil ofrecemos nuestro servicio de limpieza de campanas extractoras y cajas de extracción para cualquier tipo de instalación. Gracias a este servicio, podrás asegurar la higiene, la seguridad y la durabilidad de estos elementos. Estamos preparados para adaptarnos a cualquier tipo de situación y negocio: hostelería, cocinas de hospitales, colegios, residencias de ancianos, comedores sociales, centros de oficinas con comedor, industrias alimentarias que procesen alimentos, etc.
Estos tratamientos no sólo garantizan la higiene de las instalaciones, sino que también son adecuados para la prevención de posibles riesgos de incendio. La grasa retenida en los filtros y conductos puede reaccionar ante el fuego de la cocina situada debajo de la campana, afectando así a la seguridad de su negocio, trabajadores y clientes. Además es un factor que las aseguradoras tienen en cuenta y puede condicionar el coste de las primas.
Se recomienda realizar una limpieza del sistema de extracción de humos semestral o anual, según la actividad y uso, para evitar principalmente el riesgo de incendio.
Limpiamos íntegramente el sistema de extracción de humos de tu cocina incluyendo:
Si tu negocio tiene cocina, contacta con nosotros para realizar una revisión sin compromiso. Diseñaremos un servicio a la medida de tus necesidades, adaptándonos a las características de tu empresa y tu día a día, gracias a nuestra amplia disponibilidad de horarios.
Con este servcio podrás:
RITE 2013
El Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios indica lo siguiente en relación al aire de extracción:
IT 1.1.4.2.5 Aire de Extracción
En AE2 (moderado nivel de contaminación) se incluyen restaurantes, habitaciones de hoteles, vestuarios, aseos, cocinas domésticas (excepto campana extractora), bares, almacenes.
Para todas estas categorías se establecen unas operaciones de mantenimiento preventivo y su periodicidad según la tabla 3.3. Operaciones de mantenimiento y su periodicidad.
Y en el punto 6 se indica lo siguiente:
ORDENANZA AYUNTAMIENTO DE MADRID DEL 04/21, DE CALIDAD DEL AIRE Y SOSTENIBILIDAD
Art. 3. Ámbito de aplicación.—1. Quedan sujetos a las prescripciones de la ordenanza los elementos o actividades generadores o emisores de humos, gases, vapores, olores, polvos, cenizas, partículas o de cualquier otra materia o sustancia potencialmente contaminante o molesta, ya se trate de instalaciones, establecimientos, equipos, maquinaria,vehículos, o de comportamientos, obras o actividades, de titularidad pública o privada, en particular los siguientes:
Entre otros se menciona en el punto d) Actividades susceptibles de ocasionar molestias, alterar las condiciones de salubridad, causar daños al medio ambiente o producir riesgo para las personas o bienes, por la emisión de humos, gases, vapores, olores, polvos, cenizas, partículas o de cualquier otra materia o sustancia potencialmente contaminante o molesta.
En el Capítulo IV, Actividades de cocinado o de elaboración de alimentos, se indica concretamente que deberán realizarse las operaciones de limpieza y mantenimiento de los sistemas de captación, extracción, filtrado y conducción, con la frecuencia que se establezca reglamentariamente en la normativa de prevención de incendios y, en todo caso, como mínimo una vez al año, para garantizar su eficacia.
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